Botines de Guerra: Rosa Emilia Rodríguez, Carlos Cases y los federales en Puerto Rico

Derechos humanos

Botín de guerra. Es la frase que utilizó el director del FBI, Carlos Cases, para describir el lucro derivado por Anaudi Hernández Pérez y compañía como parte de un alegado esquema de corrupción en el Gobierno. En tiempo de antes, el botín de guerra era una práctica aceptada y consistía de la división entre los vencedores de los hombres, las mujeres, los niños, y bienes movibles tomados del enemigo por el ejército conquistador y repartido entre sus líderes y combatientes. El botín de guerra, no obstante, no es del todo ilegal. Aun en la democracia, donde la lucha entre poderes ha sido domesticada por un proceso democrático por vía electoral, el botín de guerra en varios aspectos goza de legalidad. Quare, como se dice en el argot jurídico para establecer la duda, si el caso de Hernández es uno de esos casos.

Veamos. No es hasta hace relativamente reciente que el partido que ganaba una elección gozaba del poder constitucional de nombrar una nueva camada de servidores públicos al ganar una elección. El cuadro cambió en el 1976 y no del todo. En dicho año, el Tribunal Supremo federal decidió Elrod v. Burns, 427 U.S. 347 (1976), y por vez primera, limitó la práctica de patronaje en el empleo público. Allí, el Tribunal Supremo indicó que un nuevo gobierno podía despedir empleados de una pasada administración si ejercían funciones de política pública necesarias para implantar el nuevo mandato electoral.

A grueso modo, la Ley de Personal de Puerto Rico sigue la misma distinción y segrega a los empleados públicos en de carrera y de confianza. Constitucionalmente, se le permite a un nuevo gobierno despedir a los empleados de confianza y hacer nuevos nombramientos sin las restricciones de la Ley de Personal; no así, a los empleados de carrera, que son intocables en términos políticos porque no implantan la política pública del gobernador. Después de cada elección, cada gobernador nombra un grupo que usualmente desde la propia Fortaleza se encarga de recibir miles de solicitudes de empleo para llenar el botín de guerra de los puestos de confianza. En ese sentido, en cuanto el pliego acusatorio de la fiscal federal Rosa Emilia Rodríguez Vélez acusa a Hernández de usar su influencia para despedir y nombrar personas a puestos de confianza en la nueva administración de García Padilla, dicha conducta no es de por sí ilegal, porque de serlo, no habría cárcel para tanto gobernador, alcalde o legislador.

Por otro lado, despedir y nombrar contratistas por razones políticas sí es un botín de guerra que se ha declarado inconstitucional. En O´Hare Truck Services v. City of Northlake, 518 U.S. 712 (1996), el Tribunal Supremo de EE. UU. resolvió que los contratistas independientes que rinden servicios rutinarios al Gobierno no pueden ser despedidos por razones políticas. En O´Hare se trataba de una compañía de grúas.

En Board of City Commissioners v. Umbehr, 518 U.S. 668 (1996) se trataba de un contrato de servicios de desperdicios de basura. La terminación de ambos contratos por razones políticas se determinó que violaba la libertad de asociación (política). No obstante esta normativa, hay que tener cuidado, un nuevo gobierno también tiene derecho a dar nuevos contratos, a sustituir contratos por razones legítimas, y una persona tiene derecho a ofrecerle servicios legítimos a un nuevo gobierno, a formar nuevas corporaciones para fines corporativos y contributivos, y a solicitar fondos empresariales de fuentes federales. Fortuño le dio la mayoría de los seguros del Gobierno a Andrés Guillermard, padre de su aliado de campaña, Andy Guillermard, el director de campaña de Pierluisi en las elecciones de 2008. Ninguno ha sido acusado por la fiscal federal.

Botines de guerra. Hay que tener mucho cuidado con esta frase, pues los botines de guerra de un partido no son los botines de guerra de otro. En dos ciclos eleccionarios consecutivos, la Fiscal Federal emite un pliego acusatorio contra un Gobernador, o ahora, “amigos del Gobernador” con menos de doce meses antes de las elecciones.

En el caso de Aníbal Acevedo Vilá, el pliego fue un 27 de marzo de 2008, ocho meses antes de las elecciones. En este caso, 11 meses antes de las elecciones. Siendo los botines de guerra tan corriente en esta Isla, preocupa el “timing”: que los federales utilicen la ley para persecuciones políticas en años eleccionarios. En el caso de Aníbal Acevedo Vilá, salió ileso, pero luego que el daño estaba ya hecho. En el caso de García Padilla, aunque el resultado está por verse, ya se le reclama que desista de participar en los próximos comicios. La situación reclama cierta reflexión, no todo es cristalino y transparente. Al igual que hay patrones de conducta ejecutiva que pueden levantar sospecha, lo mismo ocurre con patrones de conducta federal, cuya mediatización se presta a pensar que también pueden estar en busca de su propio botín de guerra.

Crédito foto: Cliff, www.flickr.com, bajo licencia de Creative Commons (https://creativecommons.org/licenses/by/2.0/)