El Grupo América Latina: Filosofía Social y Axiología (GALFISA) del Instituto de Filosofía y el Centro Memorial Dr. Martin Luther King, Jr. (CMMLK), en coauspicio con las organizaciones integrantes del Capítulo Cubano de la Articulación Continental de Movimientos Sociales Hacia el ALBA convocan a todas las organizaciones populares, redes y movimientos sociales, instituciones académicas y educativas a participar en el 11no Taller Internacional sobre Paradigmas Emancipatorios, que realizaremos en La Habana del 13 al 16 de enero de 2015.

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Desde pequeños todo nos insta a ser creativos; hay una propensión hacia la concienciación de cada idea, su posible materialización y luego una mirada curiosa a sus repercusiones. Y aunque pueden surgir momentos en que el ser humano no atienda su creatividad a su máxima potencia, todos somos capaces de crear, innovar, producir constantemente. Hacia este objetivo deba quizás proponerse la dinámica económica. Hoy El Post Antillano conversó al respecto con el profesor Alfredo Nieves Moreno, tema que verá su continuación el próximo lunes.

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El arte tiene un carácter humanitario que le otorga su cualidad colectiva, permitiendo una solidaridad de entendimientos. Y el cine, en su capacidad visual y sonora, genera una amplia gama de posibilidades.

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Era una voz dulce, firme en su convicción, y es que el Frente Autónomo Comunitario por la Educación Social (FACES) requiere una total entrega, un compromiso decidido y bondadoso. Así Tatiana Zeda Santiago, fundadora y quien dirige FACES, ha convertido en acción, en anhelo materializado su interés por aportar al desarrollo socioeducativo de la comunidad de Barrio Obrero, la cuna de su abuelo, como ella expresó.

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La ley 66 del 2014, conocida como la Ley Especial de Sostenibilidad Fiscal, ha limitado la disponibilidad de remedios legales a las víctimas de violaciones de derechos civiles. Los artículos 28 y 29 de dicha ley han establecido reglas sobre el pago de sentencias contra el ELA, los municipios, corporaciones públicas y/o funcionarios. Dichas reglas, en el artículo 29, establecen que el Estado no podrá ser compelido a hacer pago alguno respecto a una sentencia cuando no existan fondos para ello. Esto lo que quiere decir es que las víctimas de violaciones de derechos civiles se podrían quedar sin cobrar una sentencia aún cuando la misma se haya obtenido legalmente por la vía judicial.

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