La actual Constitución de la República de Chile es un documento aprobado durante la Dictadura de Augusto Pinochet. Esta ha sido reformada en distintas ocasiones teniendo su modificación más reciente en el mes de octubre de 2010.
En su Capítulo V delimita las facultades del Congreso Nacional. El poder legislativo de Chile se compone de dos Cámaras: el Senado y la Cámara de Diputados. El Capítulo XV, donde se incluyen los artículos 127, 128 y 129, nos refiere al proceso de cambios o modificaciones a la Constitución.
Según el Artículo 127, la Constitución puede ser objeto de modificaciones, ya sea como resultado de la convocatoria que mediante mensaje a tales efectos haga el(la) Presidente(a) de la República; o por la iniciativa generada por cualquiera de los integrantes de su Congreso Nacional. En este segundo caso, la propia Constitución dispone en el referido artículo que cada Cámara deberá aprobar la convocatoria al proceso de enmiendas mediante el voto de 3/5 partes de sus integrantes; salvo que en lo que respecta a modificaciones parciales relacionadas al Capítulo I (Bases de Institucionalidad), Capítulo III (De los derechos y deberes), Capítulo VII (Ministerio Público), XII (Consejo de Seguridad Nacional) y Capítulo XV (Reformas a la Constitución); se requiere el voto de 2/3 de los integrantes de cada Cámara.