ASAMBLEA LEGISLATIVA

Derechos humanos

HON. JOSE L. BÁEZ RIVERA

Representante

Distrito Núm. 4

Presidente de la Comisión de Seguridad Pública y

para el Desarrollo de Iniciativas contra el Crimen y la Corrupción

4 de marzo de 2016

Estimados Compañeros y Compañeras:

Reciban un cordial saludo de todos los que laboramos en esta oficina.En esta Asamblea Legislativa se han estado considerando una serie de medidas que impactan positivamente a nuestra clase togada. Me refiero a los proyectos de la Cámara 1320, 1322, 1363, 1192, 696, 2358, 2428 y el 2740.

El proyecto de la Cámara 1320 regula la práctica legal de oficio en casos criminales voluntaria y compensada; el 1322 establece el término prescriptivo de un (1) año para las querellas disciplinarias contra abogados; el 1363 propone un procedimiento disciplinario uniforme para la profesión legal y el 1192 instituye la reinstalación automática para los abogados suspendidos a término específico. A su vez, el proyecto de la Cámara 696 autoriza a los notarios públicos a celebrar matrimonios en Puerto Rico, mientras que los proyectos de la Cámara 2428 y 2358 permiten que los casos de divorcio por "mutuo consentimiento" y ciertos casos de divorcio por ruptura irreparable sean consignados mediante escritura pública ante notario. El proyecto de la Cámara 2740regula la práctica legal de oficio en casos civiles y de familia.

Su colaboración será de un incalculable valor para lograr la anuencia del Senado a las medidas allí discutidas y su eventual firma como ley por el señor Gobernador. Por esa razón les exhortamos a que se comuniquen tanto con el señor Presidente del Senado, Hon. Eduardo Bhatia a facebook: Eduardo Bhatia, twitter: @eduardobhatia; con el portavoz de la mayoría en el Senado, Hon. Aníbal José Torres a facebook: Anibal José Torres, twitter @ajt1975 y con el Presidente de la Comisión de lo Jurídico del Senado, Hon. Miguel Pereira a facebook: Miguel "Cuco" Pereira, twitter: @MPereirapr.¡Expresen su apoyo a los proyectos para que se acelere su aprobación!

Siempre a tu disposición quedo,  

Fraternalmente,

Jose L. Báez Rivera


P. de la C. 1320
P. de la C. 1322P. de la C. 1363P. de la C. 1192P. de la C. 696P. de la C. 2358P. de la C. 2428P. de la C. 2740