Erró el Departamento de Justicia al no acusar a Rosselló [alega Alejandro Torres]

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El licenciado Alejando Torres Rivera, expresidente del Colegio de Abogados y Abogadas de Puerto Rico (CAAPR), afirmó que el Departamento de Justicia excedió su competencia al no presentar ante un magistrado el caso contra el exgobernador Ricardo Rosselló Nevares por violación a la ley electoral.

“En el caso del gobernador Rosselló Nevares entraban los elementos básicos para la configuración de un delito de falsificación de residencia y de violación a lo que es la ley electoral”, manifestó el letrado a la agencia Inter News Service (INS) abordado respecto a una posible acción fraudulenta en contravención al Código Electoral de 2020.

El secretario de Justicia, Domingo Emanuelli Hernández, justificó el pasado 4 de septiembre, junto a los fiscales Gretchen Camacho Rossy y Rufino Jiménez Cardona, la no presentación de cargos contra Rosselló Nevares y su esposa Beatriz Areizaga García por participar en la elección especial del 16 de mayo de 2021 de seis cabilderos por la estadidad.

Los fiscales Camacho Rossy y Jiménez Cardona concluyeron que Rosselló Nevares y Areizaga García no son electores domiciliados en Puerto Rico, tal como define el Código Electoral de 2020, aprobado por el Partido Nuevo Progresista (PNP), pero determinaron no acusarlo.

Ante este panorama, el licenciado Torres Rivera destacó que, por lo tanto, “eso debió ser presentado ante un magistrado en lugar del Departamento de Justicia adjudicar que no era procesable esa conducta”.

“Cuando se lleva a cabo una investigación por un funcionario del Departamento de Justicia y se concluye, a través de la investigación, que los elementos básicos del delito están, pues se supone que quien determine si se sigue el curso adelante hacia un juicio, acusación, una denuncia, es un magistrado que está en sala de investigaciones”, dijo el profesor de Derecho.

Torres Rivera destacó que “hay un procedimiento de las reglas de procedimiento criminal, específicamente la Regla 6, que requiere que se presente la prueba que se entienda que es suficiente en esa etapa del procesamiento para determinar si hay la posibilidad o no de que el delito se haya cometido”.

“La función del fiscal no es adjudicar la comisión o la no comisión del delito, sino presentar esa prueba y que el juez determine si hay o no la causa probable para continuar o no con el procedimiento”, resumió el veterano abogado.

Torres Rivera estableció que “si se trata de un delito menos grave se procede con una denuncia que se suscribe allí mismo o si se trata de un delito grave con una acusación”.

El exmandatario emitió, al igual que su esposa, un voto ausente, a pesar de no cumplir con los requisitos establecidos en ley, por lo que se trata de una acción fraudulenta sujeta a procesamiento criminal.

Rosselló Nevares tuvo que abandonar la gobernación de Puerto Rico en el verano de 2019 ante un multitudinario levantamiento del pueblo, ofendido por los insultos y prejuicios externados junto a su círculo de funcionarios más íntimos, y por la corrupción en su administración, incluido el Departamento de Educación.