Repensar la “libertad” de Facebook/WhatsApp

Justicia Social


Me pregunto si alguien tiene una definición, con sus atributos y conceptos normativos, de lo que constituyen las redes sociales. Más aún, si hemos pensado en cuanto al concepto de normas, reglas y obligaciones legales de aquellos y aquellas que transitamos diariamente por dichas redes sociales. Me pregunto estas interrogantes, pues las redes sociales se han constituido en un alter-mundo el cual opera con ciertas formas de regulación, donde tal vez la más prominente, es la ausencia del estado de derecho socialmente dominante en la jurisdicción donde se transita. En otras palabras, ¿bajo qué leyes opera Facebook y WhatsApp?

Para las poblaciones más jóvenes, cuya vida se forjó bajo el crisol de las llamadas redes sociales, la cultura de derechos, civiles o humanos, es una que tiene menos valor prioritario, que la voluntad de ejercer la libertad sin restricciones cuando se navega por las redes sociales. En esta medida, se trata para las poblaciones jóvenes, de un mundo en paralelo, donde el estado pierde prominencia, y la inmediatez y sobre todo la ausencia de reglas jurídicas, son la norma. En esta medida, nos encontramos en un momento particular, en el cual los choques generacionales nos gobiernan.

Por lo tanto, para las generaciones más jóvenes, como para muchos adultos que participan, las redes sociales se han constituido en un avatar, o mundo en paralelo, donde se vive de forma libre. En este sentido, la libertad hoy entendida, no es necesariamente real, sino un mundo virtual. Un mundo virtual, donde no se gobierna a partir de la cultura de derechos, sino a partir de entendidos, desentendidos, consensos y acciones impuestas. Es decir, es un mundo con otro tipo de normas.

No obstante, la libertad de las redes sociales tiene un límite del cual no nos podemos olvidar: los procesos de acumulación de capital, por los cuales los propietarios de dichas redes continúan transitando y enriqueciéndose. De esta forma, mi libertad no tiene normas, pero si contiene riqueza. Esta riqueza es un bien apreciado por los propietarios de las redes, quienes a pesar de todas las limitaciones o no a mi derecho a ejercer mi libertad, el dueño de la red social, no dejan en ningún momento de cuantificar y mejorar su economía. Se trata de un ejercicio de libertad asociado a la acumulación de riqueza de un tercero.

En fin, que podría haber llegado el momento de imponer límites a las redes sociales. No tanto para cualificar su relación económica, sino para garantizar que las mismas no se utilicen para adelantar agendas políticas de sus propietarios. Que sigan existiendo las redes, pero con cierta regulación a beneficio de la humanidad.